miércoles, 6 de agosto de 2014

CLASIFICACION DE LAS LEYES

Son un conjunto de normas o reglas establecidas por profecionales calificados y aprovados juridicamente que mandan, prohiben  o permite, garantizando el buen vivir a los ecuatorianos.

El art. 133 de la Constitución vigente clasifica las leyes en orgánicas y ordinarias, siendo las primeras: "1.- Las que regulen la organización y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitución. 2.- Las que regulen el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. 3.- Las que regulen la organización, competencias, facultades y funcionamiento de los gobiernos autónomos descentralizados. 4.- Las relativas al régimen de partidos políticos y al sistema electoral". Las demás serán ordinarias y no podrán modificar ni prevalecer sobre una orgánica y aunque no está dicho expresamente, las leyes ordinarias son generales o especiales, estando estas sobre las generales.(DIARIO HOY, 2008)